El seguro de Autos sí ofrece coberturas durante el Estado de Alarma, aunque se circule sin motivo

La patronal del seguro, UNESPA, la Asociación Abogados de Víctimas y Responsabilidad Civil (ANAVA-RC), y compañías del sector asegurador, han desmentido que las aseguradoras de automóvil no cubran los accidentes de tráfico que se produzcan mientras esté vigente el Estado de Alarma, tanto si se circulaba por alguna de las excepciones contempladas por el Real Decreto aprobado el pasado sábado, como si no es así.

Durante el pasado lunes día 16, las redes sociales se hacían eco de una supuesta información en la que se decía que las aseguradoras de automóvil no cubrían los accidentes de tráfico durante el Estado de Alarma. “La declaración del Estado de Alarma no modifica las protecciones que ofrece el seguro del automóvil, tanto en su modalidad de seguro a terceros como en el resto de garantías”, dice UNESPA.

Por su parte, la ANAVA-RC señala que “rigen, por tanto, como regla general las cláusulas delimitadoras de cobertura de los seguros y las limitativas aceptadas expresamente por el asegurado, sin que la situación actual de Estado de Alarma cambie la situación y la cobertura, sobre todo del seguro obligatorio del automóvil”.

En todo caso, la ANAVA-RC recalca que el incumplimiento o la resistencia a las órdenes de las autoridades competentes en el Estado de Alarma (por circular por las vías en vehículo propio sin ninguno de los motivos contemplados) será sancionado con arreglo a las leyes, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio.

Aclaración de dudas sobre las coberturas en un estado de alarma

El estado de alarma es contexto extraordinario y nada habitual para la ciudadanía y es por ello que surgen muchas dudas que no habían surgido nunca antes: ¿qué cubre mi seguro de automóvil ante un estado de alarma? ¿Mantengo todas mis coberturas anteriores? La respuesta corta es sí. Tal y como se recuerda, el seguro de automóviles nos da cobertura también durante un estado de alarma, tanto en un seguro a terceros como en un seguro a todo riesgo.

Las compañías aseguradoras mantendrán exactamente las mismas coberturas establecidas en póliza durante el transcurso de un estado de alarma.

Para que se diera el caso de que una compañía aseguradora no ofreciera cobertura, la situación nacional debería pasar a estado de excepción o estado de sitio aprobado por el consejo de Ministros y se debería publicar en el BOE un Real Decreto señalando específicamente dicha exclusión de cobertura (de la misma manera en la que en el Real Decreto actual se han especificado los comercios que sí pueden permanecer abiertos al público).

Este caso es un claro ejemplo de que recibir información parcial a través de vías no oficiales o fuentes no expertas, no garantiza una información veraz. Se recomienda contrastar siempre las informaciones que nos lleguen con fuentes oficiales y sobre todo, se recomienda no compartir informaciones, si no tenemos seguridad acerca de su veracidad.

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